Fiscal pide archivar denuncias contra De León

El fiscal de Crimen Organizado, Luis Pacheco, solicitó a la jueza Beatriz Larrieu que archive las denuncias contra el expresidente de Alur, Leonardo De León, y el exdirector de Ancap en representación del Partido Colorado, Juan Máspoli.

De León estaba siendo investigado por sus gastos con la tarjeta corporativa de Alur, empresa privada de capitales públicos que presidió entre 2011 y 2015.

En el dictamen, Pacheco sostuvo que “ha quedado acreditado que no existía en la empresa un reglamento" para el uso de las tarjetas, y "aun cuando en determinado momento se elaboró un instructivo, no consta que éste hubiera sido formalmente aprobado; que no existían ‘viajes o misiones oficiales’; y que no se exigían comprobantes de los gastos incurridos con las tarjetas”.

La Fiscalía "entiende que el denunciado ha acreditado el motivo de la mayoría de los viajes denunciados, y que la mayoría de los gastos incurridos responden a alojamientos, transportes o alimentación, esto es, rubros que pueden ser considerados usuales en los viajes de negocios, y no surgen gastos en otro tipo de comercios, con excepción de la compra de un celular, situación que fue debidamente explicada". Por lo tanto, "no puede exigírsele la entrega de comprobantes de los gastos, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la ocurrencia de los hechos y en la medida en que no existía reglamentación que así lo requiriera".

Indica que "también ha quedado probado que no existían viajes o misiones oficiales, por lo que el Director de la empresa gozaba de amplia discrecionalidad para el uso de la tarjeta, aún en días de licencia. En todo caso, la irregularidad más clara está dada por la ausencia de reglamentación para el uso de las tarjetas, situación que debiera corregirse, aunque ello evade el ámbito de la actuación judicial".

Según el fiscal de Crimen Organizado, algunas "situaciones puntuales examinadas" merecen un "párrafo aparte". Allí menciona "el gasto de alojamiento incurrido por el denunciado en el Hotel Santa Cristina, de Durazno, el 30 de octubre de 2013, ya que en este caso el motivo de su presencia en dicha ciudad fue el de asistir a un evento de la Fundación 'Propuesta Uruguay 2030', ajeno por completo a la gestión de ALUR".

También entiende que surgen "serias dudas" respecto de "un gasto en el Hotel Alvear de Buenos Aires, el 6 de agosto de 2014, fecha en la que casualmente se lanzaba en Argentina la fórmula presidencial Vázquez-Sendic, que se hospedó en el mencionado hotel; un gasto en un restaurant de Cataratas del Iguazú el 5 de abril de 2014, y otros, en los que a juicio de la Fiscalía fueron insuficientes las explicaciones brindadas por el indagado, por cuanto invocó reuniones y acuerdos de cooperación con distintos empresarios, pero no específicamente en la fecha del gasto. No obstante, y si bien los ejemplos demuestran un uso claramente indebido de la tarjeta, los aceptados principios de lesividad y de intervención mínima del derecho penal y la relativamente escasa entidad de tales gastos, conducen a la Fiscalía a no requerir el inicio de un proceso penal y a no formular requisitoria por presuntos delitos de apropiación indebida", según lo que indica el artículo 351 del Código Penal.

De esta forma, la Fiscalía "estima que no cabe sino concluir en que el entonces Director y Presidente de ALUR hizo un uso discrecional de la tarjeta, y puede decirse –en consonancia con las conclusiones de la JUTEP- que ha incurrido en conductas contrarias al principio de probidad en la función pública (artículos 20 y 22 de la Ley 17.060 y artículo 11 del Decreto 30/003), por una despreocupada administración de dineros que en un 90,79% se trataba de dineros públicos. Inclusive, tratándose del Presidente de la compañía, y directo beneficiario del uso de las tarjetas, pudo y debió promover la aprobación de un reglamento de uso de las mismas, o al menos de un instructivo como el que se elaboró, pero no se puso en vigencia, con la finalidad de evitar la discrecionalidad y la autoasignación de “gastos de representación” con la que en la práctica se manejaba en el uso de tales instrumentos de crédito corporativos".

Lea el dictamen fiscal
http://www.fiscalia.gub.uy/innovaportal/file/5822/1/pacheco-alur.pdf

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